La declaración de prácticas de certificación de la Entidad de Certificación de la OMC es un documento obligatorio previsto por el artículo 19 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en el que se manifiestan las prácticas aplicadas para expedir los Certificados. En la DPC de la Entidad de Certificación de la OMC se detalla los contenidos siguientes:
Las obligaciones del prestador de servicios de certificación en relación con la gestión de los datos de creación y verificación de los certificados.
Las condiciones que rigen la vigencia del certificado en los procedimiento de solucitud, generación, uso, renovación y revocación.
Las medidas de seguridad técnicas y físicas de la organización.